Domiciliación de tributos. Cambiar IBAN
Cambio de domiciliación sobre objetos domiciliables agrupadosUbicación
Portal tributario del Ayuntamiento de Castro-Urdiales
Descripción ampliada
Es un sistema cómodo de pago de los Tributos, Deudas, Fraccionamientos y Solicitudes/Expedientes SEP puede despreocuparse de las fechas de cumplimiento de sus obligaciones tributarias, y evitar tener que acudir a las oficinas de recaudación o de entidades bancarias.
Éstos son los objetos que se pueden domiciliar:
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
Tasa OCA ( Ordenanza Reguladora de aparcamiento)
Tasa de uso de aceras (vados)
Tasa de ocupación de la vía pública y elementos anexos (terrazas)
Cualquier otra tasa o tributo peiódico
Recibos
Expedientes y Solicitudes del SEP (Servicio Especial de Pagos)
Fraccionamientos
IMPORTANTE: en los supuestos de SEP y fraccionamientos la domiciliación es obligatoria a rellenar en la instancia/solicitud propia de cada procedimiento.
Destinatario
Personas físicas y jurídicas interesadas.
Plazos
El alta, modificación y baja de una domiciliación bancaria puede hacerse en cualquier momento.
No obstante para que sea efectiva la comunicación al órgano recaudatorio de la domiciliación deberá presentarse al menos con dos meses de antelación al comienzo del período recaudatorio.
En otro caso surtirán efecto a partir del período siguiente.