Ayuntamiento de CASTRO-URDIALES

Carpeta  Tributaria

Vehículos. Autoliquidar alta nueva

Autoliquidar un nuevo vehículo

Ubicación

Carpeta Tributaria del Ayuntamiento de Castro-Urdiales.

Descripción ampliada


Este trámite permite hacer la presentación formal de la autoliquidación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica en caso de alta o rehabilitación. Quienes soliciten ante la DGT la matriculación de estos vehículos, deben acreditar previamente el pago del IVTM.

Este trámite de autoliquidación debe utilizarse exclusivamente en los casos de alta o rehabilitación de un vehículo por haber solicitado, ante la Dirección General de Tráfico, su matriculación o certificación de aptitud para circular. En ningún caso se debe usar para obtener un documento para pagar el impuesto anual en otros supuestos, como, por ejemplo, el de cambio de titularidad por compraventa de vehículos ya dados previamente de alta a la Dirección General de Tráfico.
En este caso de transmisión del vehículo, el año en que se produzca la transmisión, el impuesto se pagará con el recibo periódico anual a nombre de quien conste como titular del vehículo a 1 de enero.

La persona usuaria obtiene al momento el documento de autoliquidación que tendrá que presentar, junto con el comprobante de pago, ante la Jefatura de Tráfico para la matriculación/rehabilitación del vehículo. El trámite también permite hacer el pago por Internet.

Se paga en el municipio donde el vehículo tenga su dirección fiscal que debe coincidir con el municipio en el que esté empadronado el titular

Destinatario

A las personas interesadas en darse de alta en el IVTM para realizar la matriculación del vehículo, tanto definitiva como temporal, o la rehabilitación del mismo/ Representante.

Requisitos


NIF del titular del vehículo
Datos del vehículo que aparecen en la ficha técnica
Dirección del titular

Documentación requerida

Copia de Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo (Ficha técnica).

Plazos

El documento de autoliquidación se tendrá que presentar, junto con el comprobante de pago, ante la Jefatura de Tráfico para la matriculación/rehabilitación del vehículo.

Legislación

Articulo 98 y 99 RD leg 2/2004. Ordenanza fiscal número 2 reguladora del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Trámites relacionados

Tipo de tramitación

Presencial
En línea - Requiere autenticación